Page 132 - CONTAMINACION DEL AGUA
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Una primera prueba de la capacidad organizativa recientemente adquirida por la
ORCAWETA se ha producido en septiembre de 2001, cuando los indígenas weenhayek
organizaron un bloqueo de caminos que les permitió llegar a un acuerdo preliminar en
base al Derecho de Servidumbre de uso de suelos. Dicho acuerdo ha beneficiado a sie
te comunidades weenhayek a través del denominado Plan de Relacionamiento Comu
nitario (FRAC).
1.3. El Gobierno Municipal
A juicio de varios actores políticos de la región, las leyes de Medio Ambiente e Hidro
carburos han sido formuladas con un excesivo centralismo que impide la activa partici
pación de los actores locales en los efectos que produce ese marco legal. Esa percepción
se ratifica en el caso concreto de las comunidades de la Serranía de Aguaragüe, cuando
las propias empresas petroleras asentadas en la zona rechazan los reclamos y acciones
que plantean las autoridades municipales argumentando que sus únicos interlocutores
son las autoridades nacionales, ministerios y viceministerios. Esta fuerte limitante obli
ga a las instancias locales a sujetarse a lo que establece la ley y, en consecuencia, las
comunidades se sienten abandonadas cuando se abordan problemas ambientales.
Las empresas petroleras establecen relaciones con la alcaldía sólo cuando se trata
de lograr convenios con las comunidades. Uno de sus argumentos permanentes, cuan
do enfrentan los reclamos comunitarios, es un simple y llano “La Alcaldía ya firmó”.
Por supuesto, normalmente y en temáticas más amplias, y siempre bajo los argumen
tos de su relación directa con las autoridades nacionales, las petroleras no necesitan
apelar a las alcaldías.
De todas maneras, los municipios no han asumido el rol que la Ley del Medio
Ambiente les asigna. El rol que desempeñan, respecto del que cumplen las ONG, las
organizaciones de base y las propias empresas petroleras, es definitivamente débil. No
se quiere señalar aquí que las alcaldías no hacen nada, sino que tienen grandes limita
ciones para cumplir su papel por las funciones que la ley les otorga.
Un ejemplo de esas limitaciones se expresa, por ejemplo, en que las oficinas Fo
restal y de Medio Ambiente de la alcaldía no cuentan con información documentada
acerca las actividades de las empresas petroleras en la región. Y cuando las alcaldías so
licitan esa información a las autoridades nacionales de medio ambiente, simplemente
no reciben respuesta.
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