Page 141 - CONTAMINACION DEL AGUA
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haciendo firmar compromisos que terminan siendo perjudiciales para los intereses de
la comunidad en su conjunto.
A las comunidades les resulta muy difícil establecer en términos monetarios el daño
ocasionado por las empresas en sus territorios. Por ejemplo, se les paga por el daño en
un cultivo o potrero, pero no se toma en cuenta el usufructo que puede tener el
comunario durante el período en que la empresa utilizará ese espacio físico.
Las empresas, hasta hace poco, negociaban directamente con los afectados, in
dividualmente, dejando de lado a la autoridad jurisdiccional competente, la Alcaldía,
las subprefecturas, el Corregimiento Mayor o las propias organizaciones de base de
las comunidades.
Esa situación ha ido cambiando paulatinamente. Actualmente, en los convenios in-
teiTienen las autoridades locales, organizaciones comunales e indígenas y organizaciones
no gubernamentales. Por lo general, los acuerdos ya no se realizan de manera individual,
sino que se procura un acuerdo colectivo para beneficio de toda la comunidad.
Debido a los conflictos ambientales presentados en la comunidad de Ipa, la em
presa Chaco S.A. manifiesta que ha elaborado y puesto en práctica un plan de inversión
social para la comunidad. Ese plan, afirma la empresa, se ha basado en obras que re
quería la población. De esa manera, la empresa construyó huertos familiares, viveros
escolares y trabajos de reposición de la vegetación del área con la participación de
comunarios. También se ha construido una posta sanitaria y se ha financiado la cons
trucción de una toma de agua potable para la comunidad.
Los comunarios, por su parte, a pesar de lo hecho por Chaco S.A., analizan y con
cluyen que nada les compensa, que los daños ocasionados al medio ambiente y a los
recursos agua y suelo, no pueden ser compensados por ninguna obra ni donación dado
que el daño es irreversible.
Otro caso de compensación económica se produjo a través de un convenio re
ciente entre los pueblos originarios y la empresa British Gas (BG). Se acordó un monto
económico de compensación de 50 mil dólares para las comunidades Algarrobal, Los
Pozos, Tres Cruces y Cueva de León, y 10 mil dólares adicionales destinados a la elabo
ración de un Plan de Desarrollo para los pueblos originarios. Sin embargo, los dirigen
tes y el propio Capitán Grande de la zona, no pueden señalar cómo se ha estimado el
monto de compensación y tampoco está claro cómo se invertirán esos recursos de
manera que beneficien a los pobladores de las cuatro comunidades. La mencionada
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