Page 165 - CONTAMINACION DEL AGUA
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Las características específicas de la zona, por la intensa actividad de exploración y
                explotación de gas y petróleo, exigen una mayor profundidad de los estudios en
                todos los aspectos referidos a la potencial de contaminación de aguas por hidro­
                carburos.
            7.   La norma ambiental vigente en el país establece un valor admisible de 10 mg/1 de
                grasas y aceites para la descarga de líquidos a cuerpos de agua. Y si bien las pe­
                troleras cumplen esta norma,  es necesario revisar ese valor en aguas abajo de la
                descarga, dado el nivel de mezcla o dispersión que presentan los hidrocarburos
                en esos lugares. Dicho valor, a juicio de nuestro estudio, debería ser menor a 0,2
                mg/1, de manera que esas aguas no representen restricciones para consumo hu­
                mano. Esta observación no ha sido considerada por las autoridades ambientales.
            8.   La intensa actividad hidrocarburífera que se desarrolla en la zona de estudio exi­
                ge el fortalecimiento de las tareas de control, fiscalización y vigilancia ambiental
                por parte del Estado y todas las  reparticiones involucradas.  La falta de recursos
                económicos y humanos destinados a temáticas ambientales es una de las princi­
                pales debilidades que enfrentan las autoridades del sector. A esto se suma la poca
                coordinación y excesiva centralización  que  existe  en  las reparticiones  estatales
                involucradas en la problemática. Es necesario abrir la información ambiental para
                autoridades y pobladores regionales.
            9.   En la actual normativa ambiental existe un notorio vacío respecto a la participa­
                ción social en la vigilancia ambiental y en la revisión de los estudios de impacto
                ambiental. Igual vacío se presenta en cuanto a la información que el Estado debe
                brindar a la comunidad. Los estudios ambientales son de difícil acceso o se tarda
                demasiado en la atención a la demanda de información.
            10.  Mientras las empresas petroleras que operan en la zona de estudio aseguran cum­
                plir con  la  norma ambiental vigente  en el país, autoridades  estatales  u  organis­
                mos competentes admiten que carecen de medidas de control o vigilancia efectivas
                para el cumplimiento de la norma.
            11.  La revisión  y aprobación  de los  Estudios  de Evaluación  de  Impacto Ambiental
                (EEIA) están a cargo exclusivo de las autoridades nacionales. Los organismos am­
                bientales departamentales y regionales nada pueden hacer cuando, por ejemplo,
                los EEIA presentan información muy parecida sobre regiones completamente dis­
                tintas.



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