Page 25 - Memoria de Diseños Preliminares
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I 9.4. La seguridad de las I)I.esas clel proyecto
I 9.4.I Introducci6Ii
I EI Consultor ha investigado el tema detenidamente en cuanto a su aplicaci6n a las
obras del Proyecto segrin las experiencias en la Argentina adonde desde hace
I d6cadas se puso en vigencia el control sobre las presas y propone la siguiente
normativa aplicable al caso en que las obras sean construidas y operadas por
I Concesionarios ("Titulares") apareciendo la figura del "Propietario" que podra ser
I ulla ^utori(lad Bi-Naciollal o Naciotia] segtin los casos.
I 9.4.2 ''Nt)I.IIifl Coiistit`itiva del Oi.gflliismo tle Fisc!ili7,.ici6Ii tle Seg`il.i{lad de Pi.es.is
en ]a A]ta Ctleiica (let I.fo Bet.mejo (OFISEP BERMELJO)"
I _Objeto y Definiciones
I Ariiculo I °: Estati sujetos a la regulaci6ii t6ciiica y fiscalizaci6n del ORGANISMO
FISCALIZADOR DE. SEGURIDAD DE PRESAS BERMEJO (OFISEP
I BERMEJO), todas las presas, embalses y obras auxiliares conexas y
I complementarias utilizadas para la generaci6n hidroel6ctrica, y otros prop6sitos que
se hallen sometidas a jurisdicci6n nacional e illternacional, situadas el| la Alta
I Cuenca del rio Bermejo.
Enti6ndese, a tales efectos. como presa a cualqilier barrera artificial, ilicluyendo
I sus estructuras auxiliares, que embalse o derive agua de su curso natural y que
I tel'8a:
a) mas de QUINCE METROS (15 in) de altura desde el punto mas bajo de su
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fundaci6n hasta la cota de coronamiento.
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