Page 30 - Memoria de Diseños Preliminares
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b) Los requerimientos basicos para la operaci6n y mantenimiento de las presas
I y embalse por parte de los Titulares o sus agentes.
c) Los requisitos mfliimos para la auscultaci6ii, moiiitoreo, inspecci6n e
I inforinaci6n peri6dica de las condicioiies que afectan la seguridad de las
I presas y obstaculos al escurrimiento del agua.
I d) Los requerimientos mfnimos comulles para los planes de alerta y de acci6n
clurante emergencias a ser preparados e implemelltados por los Titulares en
cooperaci6n con las autoridades competentes.
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I Articulo 80: Las noriilas que elabore y las medidas que disponga el OFISEP
BERMEJO y que sean aplicables a presas y obstrucciones en los cursos de agua
I que puedan presentar un riesgo polelicial sigiiificativo para la vida o las
propiedades, deberan contemplar:
I a) Recaudos preventivos necesarios para asegurar la protecci6n de viviendas,
la salud, las propiedades y el medio ambiente con un adecuado marg6n de
I seguridad.
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b) Estado del conocimiento cientffico y tecnol6gico, asi como la buenapractica
I de la ingeliierfa rel<icioiiada con diversos ti|)os de obst<iculos e intrusiolies
al escurriiniento del agua.
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Artfculo 90: EI OFISEP BERMEJO compilara datos a informaci6n referidos a los
I progresos logrados en otros parses en la practica de disei~io, construcci6n,
comportamiento y seguridad de presas.
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Art{culo 10: EI OFISEP BERMEJO podra disponer la realizaci6n de lnspecciones
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a impai.tir (lirectivas en la materia de .su competeiicia.
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