Page 38 - Memoria de Diseños Preliminares
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   I                      Arifculo  33:  EI  Titular  de  la presa debera participar  en  la  formulaci6n  de plaiies


                          de acci6n  a ser  implementados  con  el  objeto  de  asegurar  la  vida  y  propiedad  de
   I                      terceros  en situaciones  de emergeiicia.



   I                      Estos  planes  deberan  incluir como  lnfnimo  lo siguiente:



   I                      a)           Identificaci6n  de  la  naturaleza de  la emergencia.



   I                      b)           Acciolles  y  medidas  preventivas  y  preparatorias  a  implemelitar.




   I                      c)           Plan de notificaci6n al per.sonal designado para actuar durante emergencias.



   I                      d)           Plan  de evacuaci6n  de  las  poblaciones  ameliazadas.



   I                      e)           Plan de  idelltificaci6n  de  riesgos  a terceros.



   I                       Articulo 34:  Todo Titular de  uiia presa,  cualquiera sea su  clasiricaci6n cle riesgo,



   I                      debera elevar  un  plan  de  acci6n  para emergencias  al  OFISEP  BERMEJO,  el  que
                          evaluara su  relevancia y  actualidad.

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                           Artfculo  35:  Para  determinar  si  una  presa  o  embalse  existente,   o  una  presa  o
   I                      embalse  proyectado,  constituye  o  colistituira  un  peligro  para  la  vida  o  propiedad


                           de terceros,  el  OFISEP BERMEJO debera tomar en cuenta condiciones propias de
   I                       la presa,  del embalse o de sus cercanias.   Estas, entre otras, pueden ser:  sobrepaso,

                           drenaje  o  erosi6n  interna,  asentamiento,  erosion,  fisuramiento,  deslizamiento  de
   I                       tierra o  terremotos,  rotura de  mainparas,  compuertas,  vigas  de cierre o conductos

                           existentes.
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                           Artfcillo  36:   En  todas  las  ocasiones  que  el  OFISEP  BERMEJO  considere  que
   I                       existen condiciones que hacen peligrar una presa o embalse,  ordeliara al Titular las




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