Page 143 - Zonificación Agroecológica - Tarija
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Aspectos legales e institucionales
existentes en el territorio nacional. También se establece la participación del Estado Boliviano
en los beneficios que depare el acceso a los recursos genéticos, los que serán destinados a
propiciar la conservación, el uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en el territorio
nacional.
b) Convenio Internacional de las Maderas Tropicales
El Convenio Internacional de las Maderas Tropicales de 1994 que sucede al Convenio de 1983 del
mismo nombre, entró en vigor en 1995. Entre los objetivos de dicho Convenio pueden destacarse los
siguientes:
- aumentar la capacidad de los miembros para aplicar una estrategia para conseguir que para el
año 2000 las exportaciones de maderas y productos de maderas tropicales provengan de
recursos forestales ordenados de forma sostenible (art. 1º, d);
- fomentar el comercio internacional de maderas tropicales provenientes de recursos forestales
ordenados de forma sostenible, teniendo en cuenta, entre otros, que los precios incluyan los
costos del desarrollo sostenible (art. 1º, e);
- proporcionar recursos nuevos y adicionales y conocimientos técnicos a fin de aumentar la
capacidad de los Estados miembros para lograr los objetivos del Convenio (art. 1º, g);
- fomentar una elaboración más avanzada de las maderas tropicales extraídas de recursos
forestales ordenados de forma sostenible en los países miembros productores con miras a
promover su industrialización y aumentar así sus oportunidades de empleo y sus ingresos de
exportación (art. 1º, i);
- alentar actividades de repoblación y ordenación de los bosques de maderas tropicales
industriales, así como la rehabilitación de tierras forestales degradadas (art. 1º, j).
El Convenio establece que la Organización Internacional de las Maderas Tropicales estará compuesto
por países productores y consumidores representados paritariamente (con 1000 votos en conjunto para
cada uno de estos grupos) y funcionará por intermedio del Consejo Internacional de Maderas
Tropicales con sede en Yokohama, Japón. Este Consejo es la autoridad suprema de la Organización y
está integrado por todos los miembros de la misma.
A fin de cumplir los objetivos del Convenio, los países miembros podrán presentar al Consejo
propuestas de "actividades previas a proyectos" y de proyectos (art. 25º):
- en las esferas de la investigación y el desarrollo, la información sobre el mercado, la
elaboración mayor y más avanzada de las maderas de los países miembros productores y la
repoblación y ordenación forestales;
- dichas propuestas deberán contribuir a uno o más objetivos del convenio, y el Consejo, al
aprobar dichas propuestas, tendrá además en cuenta criterios tales como sus efectos sociales y
ambientales, los intereses de las regiones productoras en desarrollo, la distribución equitativa
de los recursos entre las esferas mencionadas en el párrafo anterior y otros.
ZONIFICACIÓN AGROECOLÓGICA Y SOCIOECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA
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