Page 25 - Sistema de Riego - Rejara
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Estudio TESA Construcción Sistema de Riego Rejara
2. PREPARACIÓN DEL PROYECTO
2.1. Diagnostico de la Situación Actual
2.1.1. Estudio Legal
El estudio legal se base en la responsabilidad del Estado de invertir en proyectos que vayan a
mejorar las condiciones productivas y de seguridad de su población en el Marco de las
Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública.
El ordenamiento jurídico vigente incluye una extensa cantidad de leyes y reglamentos en
diferentes áreas, entre las que se encuentra el área agropecuaria.
Estos preceptos son de tipo general y se refieren al derecho que tienen los bolivianos a gozar
de los recursos naturales respetando el principio de sostenibilidad de los mismos para lograr
un equilibrio entre la protección de los recursos y la satisfacción de las necesidades
económicas de sus habitantes en el presente y para las futuras generaciones.
Ley de Promoción y Apoyo al Sector Riego para la Prod. Agropecuaria y Forestal
La Ley de Riego trata sobre el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos
de nuestro país, rige las funciones que tiene el estado sobre las políticas y de la gestión del
riego, los objetos más importantes se indican a continuación:
Art. 1. (Objeto). La presente Ley tiene por objeto establecer las normas que regulan el
aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en las actividades del riego para la
producción agropecuaria y forestal, su política, el marco institucional, regulatorio y de gestión
de riego, otorgando y reconociendo derechos, estableciendo obligaciones y procedimientos
para la resolución de conflictos, garantizando la seguridad de las inversiones comunitarias,
familiares, públicas y privadas.
Art. 2. (Ámbito de Aplicación). La presente Ley tiene como ámbito de aplicación y regulación
las actividades relacionadas con el uso y aprovechamiento del agua para riego, la
infraestructura e inversiones relacionadas con estas actividades así como el rol y funciones de
instituciones públicas y privadas del sector riego, en el territorio nacional.
Art. 19. (Derechos). La administración y el manejo de la infraestructura de los sistemas de
riego, mejorados o nuevos, construidos o por construirse con recursos públicos, serán
transferidos a las diferentes organizaciones de usuarios a través del Servicio Nacional de
Riego (SENARI), en los términos establecidos en reglamento.
Art. 20. (Servidumbres). Las servidumbres existentes sobre fuentes de agua y en los sistemas
de riego establecidos por usos y costumbres en comunidades y organizaciones de
campesinos e indígenas relacionadas con las actividades de riego están garantizadas y serán
respetadas por las personas naturales y jurídicas.
Ley del Medio Ambiente
La Ley del Medio Ambiente, trata sobre el manejo de los recursos naturales renovables y no
renovables, aspectos como la salud, la educación ambiental, ciencia y tecnología, fomento e
incentivos a las actividades de medio ambiente.
Gobernación del Departamento de Tarija – Sección Padcaya 17