Page 146 - Control de la Contaminación - Lago San Jacinto (Afluentes)
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Nº 5 Uso agrícola: fuente de agua para irrigación.
Nº 6 Uso: agua de abrevadero para ganado.
Nº 7 Uso: recreativo.
Nº 8 Uso: pesca a nivel industrial
Nº 9 Niveles Guía de Calidad de Suelos para usos: agrícola, residencial e industrial
La aplicación efectiva de esta Normativa, para el caso específico de los Niveles que
determinan la Calidad del Agua, está supeditada a la clasificación / categorización y
definición de usos priorizados de cada uno de los cursos de agua superficiales por parte de los
Gobiernos Provinciales / Comités de Cuenca y/o Nación según corresponda.
Cumplida esta fase se procede a determinar el listado y las concentraciones de los parámetros
que constituirán los estándares de calidad ambiental, estos deben ser calculados en función de
los objetivos de calidad ambiental, que dependen de las características particulares
(hidrológicas en especial) del curso receptor a fin de preservar los usos del agua priorizados
para ese lugar.
Estos se refieren al nivel medio de concentración de contaminantes permisibles en el cuerpo
de agua en estudio:
A. Vertidos en Ríos, Arroyos y Canales
Cd = 10 ´ Cr y Qd = 0,1 ´ Qr
Cd: Estándar de Calidad de Agua (C.A.) para un constituyente peligroso
Cr: Objetivo de Calidad de Agua para el uso mas restrictivo en el cuerpo receptor.
Qd: Estándar para el caudal diario del vertido
Qr: Caudal diario mínimo anual (promedio de 10 años) que interviene en la dilución del
vertido
La normativa legal boliviana indica en el Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica
(ver Anexo 1), en su anexo A, artículo 3, que: “La mezcla de agua producto de una descarga y
de un río debe regirse por la ecuación (1). Para cualquier parámetro de calidad, el valor total
de la mezcla debe ser siempre menor que el establecido para la clase del río que corresponda”.
Ec. 1
Donde:
Pxf = parámetro de mezcla
Pxi = parámetro de la descarga
Pxr = parámetro del río, en el punto sin impacto
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