Page 211 - Control de Sedimentos - Rio Tolomosa
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Cuadro 8.1
                                             Costos horarios de mano de obra
                                                        Haber Básico
                                       (Cámara Departamental de la Construcción)


                                           Mano de obra                Costo horario
                                   Peón-Alarife                        0,45 $us/hr.

                                   Ayudante                             0,50 $us/hr

                                   Chofer                               0,60 $us/hr

                                   Maestro-Albañil                      0,70 $us/hr
                                   Perforista                           0,80 $us/hr

                                   Topográfo                            1,00 $us/hr
                                   Operador                             1,00 $us/hr
                                   Capataz                              1,10 $us/hr


                                            Es importante aclarar que en la actualidad el
                                            salario se halla regulado por la ley de la
                                            oferta y la demanda.

                                            En todo  caso el  resumen del cuadro anterior

                                            sirve como parámetro de partida para el
                                            presente análisis.

                                            Pago de beneficios sociales
                                            Se entiende por pago de beneficios sociales a
                                            la cantidad de dinero que el contratista debe
                                            cancelar al trabajador como concepto de pago
                                            por obligaciones contraídas en cumplimiento de
                                            leyes sociales que emanan del Estado.


                                            El pago de estos beneficios sociales resulta de
                                            la      consideración        de      las      siguientes
                                            obligaciones:







                                                                                                     3
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