Page 133 - Presa - Yuquiporo, Entre Ríos
P. 133
ESTUDIO DE IDENTIFICACIÓN
“CONSTRUCCIÓN PRESA YUQUIPORO, MUNICIPIO DE ENTRE RIOS, DEPARTAMENTO
DE TARIJA”
OTN-PB
como en el mantenimiento de la presa, sistema de aducción, conducción y distribución y
la extensión de los terrenos.
En este sentido, el juez de agua realiza la administración del agua para riego mediante el
manejo de orden de propiedad empezando de la cabecera (tienen derecho todos los
comunarios inscritos en la misma). Los derechos de agua están expresados en turno,
cuyo tiempo de duración se ajusta de acuerdo a la disponibilidad de agua en el sistema,
pudiéndose reducirse o ampliarse según el caso. En época de lluvias, el turno está
expresado en tiempo y caudal, que equivale a 24 horas de riego con frecuencias relativas
de acuerdo a requerimiento. En estiaje la duración del turno se mantiene en 24 horas, lo
que cambiara será las frecuencias de riego que no deberán exceder los 10 días.
2.5.2 Derechos al agua de acuerdo a la organización
Los derechos de agua es definida como un conjunto de acuerdos internos sobre las
porciones de usufructúo que tiene cada uno de los copropietarios del agua del sistema.
Los derechos de agua serán adquiridos mediante la participación activa de los
beneficiarios en la etapa de construcción del sistema de riego, Estos derechos se
definirán localmente, de acuerdo a usos y costumbres de las comunidades beneficiarias y
criterios de equidad, éste último término debe ser tomado muy en cuenta por el servicio
de asistencia técnica integral para definir los derechos y el reparto de agua, debido a que
el proyecto se ejecuta con inversiones públicas.
Los derechos de agua deben ser expresados en volumen de usufructúo según épocas,
los que deberán ser reconocidos por los agricultores miembros de la organización de
regantes.
Para el caso de presente proyecto, previo a la definición de los derechos de agua, se ha
definido el término ―cupo productivo‖, definida como un hilo de agua conformado por un
determinado caudal, a entregarse al agricultor en un tiempo definido y con una frecuencia
dada, que permite a un agricultor producir un cierto cultivo en una superficie como para
generar ingresos o alimentos de relevancia para la familia.
Para el presente proyecto el cupo productivo es variable.
Para adquirir el derecho a un cupo, los agricultores deberán realizar trabajos en el
mantenimiento de su sistema, bajo la modalidad a definir al inicio de la obra, aporte que
sólo les permitirá consolidar y reconfirmar su derecho de agua y no así crear nuevos
derechos.
La definición del cupo productivo para el presente caso sirve para el periodo de invierno,
considerado el más crítico en cuanto a disponibilidad de agua del sistema, debiendo
redefinirse este cupo para el periodo de verano (siembra a temporal), debido a la mayor
disponibilidad de agua en época de verano.
Sin embargo los derechos de agua definidos en los talleres realizados son las siguientes:
Pertenecer y ser afiliado a la comunidad.
Participar en actividades de operación y distribución del agua del sistema, es decir,
que cada miembro en un determinado momento asume responsabilidades en la
conducción control y distribución del agua.
Tener predio agrícola dotado por la comunidad, ya sea a través de la herencia o
compra y/o venta.
Participación en la construcción de la infraestructura de riego.
107
OFICINA TECNICA DE RIOS PÍLCOMAYO Y BERMEJO Elaboración:
Empresa
Consultora Constructora
RIO NUEVO