Page 19 - FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES TÉCNICAS, OPERATIVAS Y DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN HIDROMETEOROLÓGICA CUENCA RÍO BERMEJO
P. 19

OTN-PB: DIAGNOSTICO DE LA RED HIDROMETEOROLOGICA DE LA CUENCA DE LOS RIOS PILCOMAYO Y BERMEJO



                                                                                       CAPITULO II

                                                             PREPARACION DEL PROYECTO




                  2.1    DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL
                  2.1.1  ESTUDIO LEGAL
                  2.1.1.1 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA
                  Ministerio cabeza de sector, creado mediante DECRETO SUPREMO 298947
                  de  FEBRERO  de  2009  que  tiene  bajo  su  tuición  entidades,  programas  y
                  proyectos  que  ejercen  su  actividad  dentro  del  área  jurisdiccional  de  las
                  cuencas del Río Pilcomayo y Bermejo, de competencia Nacional, ejerce sus
                  actividades  en  coordinación  con  las  entidades  territoriales  autónomas  en
                  todo Bolivia.
                  La  estructura  constitucional  genera  la  posibilidad  de  que  el  órgano
                  ejecutivo  pueda  diseñar  su  estructura  y   funcionamiento  con  el  Decreto
                  Supremo Nº 29894, de fecha 7 de febrero de 2009 (Estructura Organizativa
                  del  poder  Ejecutivo  del  Estado  Plurinacional).  En  su  artículo  95,  inciso  c)
                  indica que las atribuciones del Ministro/a de Medio Ambiente y Agua son:
                  formular,  ejecutar,  evaluar  y  fiscalizar  las  políticas  y  los  planes  de  agua
                  potable y saneamiento básico, riego y manejo integral de cuencas y áreas
                  degradadas, así como el aprovechamiento sustentable de agua en todos
                  sus estados, sean éstas superficiales y subterráneas, aguas fósiles, glaciales,
                  humedales, minerales, medicinales. En su inciso e) complementa: controlar,
                  supervisar,  dirigir  y  fortalecer  el  marco  institucional  descentralizado  y
                  autónomo  de  planificación  y  regulación  del  sector  de  recursos  hídricos  y
                  medio ambiente. Para concluir los antecedentes del  mandato legal de la
                  OTN-PB,  vale  señalar  que  a  partir  de  la  nueva  Constitución  Política  del
                  Estado  se  reconoce  el  derecho  de  acceso  al  agua.  De  acuerdo  a  su
                  artículo 373: “el agua constituye un derecho fundamental para la vida, en
                  el marco de la soberanía del pueblo. El Estado proveerá el uso y acceso al
                  agua,  sobre  la  base  de  principios  de  solidaridad,  complementariedad,
                  reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad”.

                  Tiene  competencia  sobre  la  actividad  de  generación  de  datos
                  hidrometeorológicos y el desarrollo de cuencas, misma que es ejecutada a
                  través  del  Servicio  Nacional  de  Meteorología  e  Hidrología  (SENAMHI)  y  la
                  Oficina Técnica Nacional de las Cuencas de los Ríos Pilcomayo y Bermejo
                  (OTN) y es parte del Directorio de la Comisión Trinacional de la cuenca del
                  Río Pilcomayo.

                  2.1.1.2 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA (SENAMHI)
                  El  SENAMHI  creado  por  mandato  del  D.S.  08465/1968  de  fecha  4  de
                  septiembre de 1968, es un organismo técnico descentralizado del Estado,



                  BIOSIS S.R.L                                                                            15	
   14   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24