Page 25 - CONSTRUCCIÓN PRESA COMUNIDAD LEÓN CANCHA
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OFICINA TECNICA NACIONAL DE LOS RIOS PILCOMAYO Y BERMEJO
ESTUDIO DE IDENTIFICACION CONST. PRESA COMUNIDAD DE LEON CANCHA MUN. DE SAN LORENZO INFORME FINAL
realizar el rodeó especie de control ganadero obligándole al arrendero a pagar una
suma determinada de dinero por la tenencia de algún ganado.
En consecuencia con la promulgación del Decreto Supremo Ley de Reforma Agraria
del 2 de Agosto de 1953,cambia la antigua estructura de propiedad de la tierra, la
cual paso a ser distribuida entre los trabajadores de la finca, dicho proceso se
viabilizo favorablemente por intermedio de los sindicatos agrarios organizados que
demandaban la afectación del latifundio ante el consejo nacional de Reforma Agraria
para su consiguiente dotación de pequeñas parcelas sobre la base de los respectivos
arriendos que ya manejaban hasta entonces los trabajadores de la finca.
Por último se observa que el proceso de la reforma agraria va generando una
estructura agraria de “minifundio” proceso que sigue agudizándose como producto de
la sucesión hereditaria. Si bien el productor campesino tiene libertad en cuanto al
manejo de su pequeña propiedad, como fuente de trabajo carece de una serie de
insumos y factores de producción que le permitan mejorar la capacidad productiva de
sus unidades agropecuarias.
La tenencia de la tierra se refiere al derecho del agricultor para usar la tierra,
existiendo distintos derechos que definen las diferentes clases de tenencia. Es un
poco difícil ordenar las categorías de tenencia de acuerdo con el grado de derecho
que se puede ostentar. Los propietarios son un grupo en el que se incluyen los que
tienen títulos sobre la tierra, conocido como propiedad de dominio absoluto,
otorgando al propietario el derecho de vender o utilizar la tierra como mejor le
parezca, dentro de los márgenes establecidos por la ley.
Los aparceros, son aquellos agricultores que disponen de tierra bajo alguna forma de
arrendamiento, pagando un tipo particular de renta. Esta forma de tenencia de la
tierra se observa generalmente en las familias agregadas, que resultan después de
formar otra familia u hogar y viven dentro de la unidad agropecuaria paterna.
Esta forma de tenencia de la tierra no representa conflictos relativos a las condiciones
de tenencia, pues el padre o jefe de familia entrega voluntariamente al hijo una
parcela de terreno para que este continué con las labores agrícolas aprendidas en el
seno familiar de origen y pueda cumplir con las responsabilidades que la creación de
una nueva familia exige, de acuerdo al diagnostico participativo.
La tenencia de la tierra en la comunidad, en general es privada, es decir, con títulos
de propiedad. La mayoría de los propietarios adquirieron los terrenos por la Reforma
Agraria de 1953, ya sea por medio de transferencia del estado a los campesinos
productores o que fueron comprados de los terratenientes. Pero también otras
familias las adquirieron por el sistema de herencias y de compra y venta, cabe
mencionar que existe comunarios sin tierras.
En la actualidad nuevamente se está realizando un saneamiento de todas las tierras
para dotar de nuevos títulos de propiedad. La tenencia de la tierra se lo muestra en
los siguientes cuadros:
INCOTEC S.R.L. Página 24