Page 199 - Sistema de Riego San Agustin
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ESTUDIO INTEGRAL TESA:
CONSTRUCCION SISTEMA DE RIEGO COMUNIDAD SAN AGUSTIN SUD
PROV. CERCADO DEPARTAMENTO DE TARIJA
El incremento de la producción agrícola está destinado principalmente a mejorar la dieta
alimenticia de la unidad familiar, permitirá, además, contar con mayores excedentes para el
mercado regional y nacional, lo cual repercutirá en la economía generando mayores ingresos para
los beneficiarios del proyecto que podrán invertir en su actividad productiva, situación que
actualmente resulta ser casi imposible por la falta de un sistema de riego adecuado.
El proyecto incidirá fuertemente en la consolidación de la organización de regantes a través del
fortalecimiento del comité de riego, el cual podrá establecer sus propios estatutos y reglamentos e
instrumentos legales enmarcados dentro de la ley de Participación Popular para lograr la
autogestión y sostenibilidad del proyecto.
Para la evaluación socioeconómica del proyecto, es decir para analizar la rentabilidad del proyecto
desde el punto de la economía en su conjunto, para ello solo hay que convertir los precios de
mercado o los precios corrientes, en precios sombra o precios sociales que viene a ser lo mismo.
Estos precios se llaman Razón Precio Cuenta RPC que vienen a corregir los precios corrientes que
están afectados por la tasa de inflación, sobreprecios, y entre otros factores tanto en los costos de
producción como en los costos de insumos utilizados en los costos de inversión. La tasa de
descuento social utilizada es de 12.67% según el SNIP (Sistema Nacional de Inversión Pública)
DIRECCIÓN GENERAL DE INVERSIÓN PÚBLICA
Instrumentos del SNIP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL RAZONES PRECIO CUENTA Nº 159
La Paz, 22 de septiembre de 2006
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº. 3351 de Organización del Poder Ejecutivo de 21
de febrero de 2006, el Ministerio de Planificación del Desarrollo es el Órgano Rector del Sistema
Nacional de Inversión Pública.
Que en cumplimiento del artículo 17 de las Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión
Pública aprobadas por Resolución Suprema 216768 de 18 de junio de 1996, es competencia del
Órgano Rector aprobar y establecer las metodologías para la formulación, evaluación y
administración de proyectos, determinar los criterios básicos que deben aplicarse para decidir
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