Page 200 - Sistema de Riego San Agustin
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ESTUDIO  INTEGRAL TESA:
                                                                CONSTRUCCION SISTEMA DE RIEGO COMUNIDAD SAN AGUSTIN SUD
                                                                                   PROV. CERCADO DEPARTAMENTO DE TARIJA


                  sobre la asignación de recursos y definir parámetros para la valoración de beneficios y costos que

                  deberán aplicar todas las instituciones del sector público para el desarrollo de sus Proyectos de
                  Inversión.


                  Que el artículo 8 del Reglamento Básico de Pre inversión aprobada por la Resolución Ministerial Nº
                  360 de 7 de julio de 2003, establece como instrumento del Sistema Nacional de Inversión Pública a

                  las Razones Precio Cuenta de Eficiencia (RPC) como los parámetros que corrigen las distorsiones
                  incorporadas  en  los  precios  de  mercado  y  el  articulo7  del  mismo  reglamento  establece  la

                  necesidad de contar con los parámetros señalados para practicar la evaluación socioeconómica de
                  proyectos.

                  Que el artículo 23 del Reglamento Básico de Pre inversión indica que el Órgano Rector del Sistema

                  Nacional de Inversión Pública realiza la estimación de la Divisa Mano de Obra y Tasa Social de
                  Descuento,  las  mismas  que  serán  actualizadas  en  función  a  cambios  en  variables  y  mercados

                  involucrados en el cálculo.

                  Que el Órgano Rector del SNIP ha establecido la estimación de los parámetros mencionados en la

                  Resolución  Ministerial  Nº  534  de  4  de  mayo  de  1998,  manteniendo  su  vigencia  mediante
                  Resolución  Ministerial  Nº  1484  de  14  de  diciembre  de  1998  y  actualizado  la  RPC  de  la  divisa

                  mediante Resolución Ministerial Nº 684 de 31 de julio de 2002.

                  Que de acuerdo al informe VIPFE/DGIP/SNIP-00619/2006 de 5 de septiembre de 2006, a la fecha

                  han  cambiado  los  valores  de  algunas  variables  y  mercados,  existiendo  la  necesidad  de  realizar
                  estimaciones  de  parámetros  adicionales  para  lograr  una  adecuada  gestión  de  la  fase  de  la  pre

                  inversión.

                  POR TANTO:

                  El Ministerio de Planificación del Desarrollo en ejercicio de sus atribuciones conferidas por Ley

                  RESUELVE:


                  PRIMERO.- Establecer de las Razones Precio Cuenta de Eficiencia de acuerdo al siguiente detalle:

                  - Razón Precio Cuenta de Eficiencia de la Divisa (RPCD)              1.24

                  - Razón Precio Cuenta de la Mano de Obra No Calificada Rural (RPCMONCR) 0.47


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