Page 25 - Sistema de Riego - Mecoya
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ESTUDIO INTEGRAL TESA:
“CONSTRUCCION SISTEMA DE RIEGO COMUNIDAD DE MECOYA 1RA. SECC. PROV. ARCE”
2. Establecer mecanismos de protección a la producción agropecuaria
boliviana.
3. Promover la producción y comercialización de productos agro
ecológicos.
4. Proteger la producción agropecuaria y agroindustrial ante desastres
naturales e inclemencias climáticas, geológicas y siniestros. La ley
preverá la creación del seguro agrario.
6. Establecer políticas y proyectos de manera sustentable, procurando la
conservación y recuperación de suelos.
2.2.3.2. Ley de Promoción y Apoyo al Sector Riego
La Ley de Promoción y Apoyo al Sector Riego, en sus artículos 3°, 4°, 5º y 6º
manifiesta lo siguiente sobre la responsabilidad de los Ministerios, Prefecturas
y Gobiernos Municipales.
ARTICULO 3. (MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA). El
Ministerio de Medio Ambiente y Agua, como cabeza del sector, tiene las
siguientes atribuciones y obligaciones en el ámbito de riego:
a) Formular y aprobar de manera concertada con el Directorio del Servicio
Nacional de Riego (SENARI), las políticas, normativas, planes y programas
para el desarrollo de riego.
b) Gestionar financiamiento nacional y de la cooperación internacional para
impulsar el desarrollo de riego.
c) Fomentar, programar, promover y delegar la asistencia técnica, la
capacitación de recursos humanos, la investigación aplicada y los programas
de organización para la gestión de riego.
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