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CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE ALMACENAMIENTO DE AGUA DIS TRITO IV MUNICIPIO DE PADCAYA DEPARTAMENTO DE
TARIJA
c) Fomentar y apoyar la organización de usuarios de sistemas de riego, en coordinación
con el Servicio Nacional de Riego (SENARI), los Ser vicios Departamentales (SEDERI’s), los
gobiernos municipales y los directorios locales de cuencas.
d) Promover la descentralización participativa de l a gestión de riego a nivel provincial,
municipal y local de cuencas.
e) Velar que las actividades relacionadas con el ri ego, realizadas por las organizaciones no
gubernamentales y otras entidades competentes, se e ncuadren dentro de las
disposiciones de la presente Ley y sus Reglamentos.
f) Apoyar a todas las organizaciones públicas en l a gestión de riego, a través de los
Servicios Departamentales de Riego (SEDERI’s).
ARTICULO 6 (GOBIERNOS MUNICIPALES) . Con relación al microriego, los gobiernos
municipales, en el ámbito de su jurisdicción, son r esponsables de:
a) Planificar, promover, gestionar recursos económi cos y ejecutar las actividades
destinadas a mejorar o construir sistemas de micror iego de forma participativa con las
organizaciones de regantes, en el marco de lo estab lecido en la presente Ley y sus
Reglamentos.
b) Identificar, recoger las demandas y priorizar lo s proyectos de riego para gestionar su
financiamiento, conforme a las normativas de elegib ilidad establecidas por el Servicio
Nacional de Riego (SENARI).
c) Velar que las actividades relacionadas con el r iego que realicen las organizaciones no
gubernamentales y otras entidades se encuadren dent ro de las disposiciones de la
presente Ley y sus Reglamentos.
d) Supervisar y fiscalizar, junto a los usuarios, l a correcta ejecución de los proyectos de
riego que se implementen en su jurisdicción, en coo rdinación con los Servicios
Departamentales de Riego (SEDERI’s).
Consultora: San Roque Tarija – Bolivia 26