Page 345 - ESTUDIO INTEGRAL TESA RESTAURACION HIDROLOGICA RIO TOLOMOSA
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PROGRAMA EJECUTIVO DE REHABILITACIÓN  DE

                                           TIERRAS EN EL DEPARTAMENTO DE TARIJA


                  ARTICULO  36º.-  Las  agua  en  todos  sus  estados  son  de  dominio  originario  del  Estado  y

                  constituyen un recurso natural básico para todos los procesos vitales. Su utilización tiene
                  relación e impacto en todos los sectores vinculados al desarrollo, por lo que su protección
                  y conservación es tarea fundamental del Estado y la sociedad.
                  ARTÍCULO  43º.-  El  uso  de  los  suelos  para  actividades  agropecuarias  forestales  deberá

                  efectuarse manteniendo su capacidad productiva aplicándose técnicas de manejo que
                  eviten  la  pérdida  o  degradación  de  los  mismos,  asegurando  de  ésta  manera  su
                  conservación y recuperación.

                  Las personas y empresas públicas o privadas que realicen actividades de uso de suelos
                  que  alteren  su  capacidad  productiva,    están  obligadas  a  cumplir  con  las  normas  y
                  prácticas de conservación y recuperación.


                  b)     Aspecto Legal  Específico

                  El  Programa  Ejecutivo  de  Rehabilitación  de  Tierras  en  el  departamento de  Tarija  (PERTT)

                  tiene su base legal en los siguientes documentos:

                      ❖  El Comité de Salvación del Valle de Tarija  – COSAVTA instituido el 15 de abril de
                         1977, como organismo destinado a recuperar tierras erosionadas.

                      ❖  Convenio  de  fecha  20  de  febrero  de  1978,  sobre  la  conformación  del  Programa
                         Ejecutivo  de  Rehabilitación  de  Tierras  en  el  Departamento  de  Tarija,  como
                         organismo  técnico  interinstitucional,  suscrito  por  el  Prefecto  del  Departamento  y

                         representantes  de  la  Universidad  Autónoma  “Juan  Misael  Saracho”,  La
                         Corporación  Regional  de  Desarrollo  (CODETAR),  La  dirección  Departamental  de
                         Agricultura y la Asociación San Jacinto, con el visto bueno del Ministerio de Asuntos

                         Campesinos y Agropecuarios.
                      ❖  Decreto Supremo Nº 15401 de fecha 7 de abril de 1978, mediante el cual  se crea
                         legalmente el Programa Ejecutivo de Rehabilitación de Tierras en el Departamento

                         de Tarija (PERTT), en base al convenio del 20 de febrero de 1978.
                      ❖  El  Estatuto  Orgánico  de  la  Institución,  aprobado  mediante  el  artículo  120  del
                         Decreto Supremo Nº 20763 del 13 de abril de 1978.







                  ESTUDIO INTEGRAL TESA “Restauracion Hidrologico Forestal
                  Sub Cuenca del Rio Tolomosa”
                                                                                                ~ 344 ~
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