Page 179 - Auditoria sobre los resultados de la gestión ambiental del Río Gualdalquivir
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(RAI) 120 (aplicable en los casos establecidos en los artículos 24 y 27 del RASIM), que es el
instrumento que debe emplear la Instancia Ambiental del Gobierno Municipal para llevar a
cabo el respectivo control.
Si bien cada industria que obtiene categoría IV es considerada como de menor riesgo de
contaminación, el conjunto de todas genera un impacto sinérgico que sí es de magnitud, y
dado que más del 80% de la industrias en los municipios de San Lorenzo y Tarija
pertenecen a esta categoría, se considera pertinente la aplicación de las medidas de control
a través de los Instrumentos de Regulación de Alcance General. En este entendido se
recomienda lo siguiente.
Al Gobierno Autónomo Municipal de Tarija.
Recomendación 2.5 Verificar los esfuerzos para controlar la contaminación que puedan
generar las descargas líquidas de las industrias con categoría IV, a través de un
seguimiento y evaluación de la información contenida en el Registro Ambiental Industrial
(RAI) y en sus respectivas renovaciones, así como en sus automonitoreos.
Al Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo.
Recomendación 2.6 Verificar los esfuerzos realizados por las industrias con categoría IV
para controlar la contaminación que puedan generar sus descargas líquidas, a través de
un seguimiento y evaluación de la información contenida en el Registro Ambiental
Industrial (RAI), en sus respectivas renovaciones, así como en sus automonitoreos.
7.3 Causa 3 - ausencia de acciones de control por parte del Gobierno Autónomo
Departamental de Tarija, a las plantas de tratamiento de aguas residuales y a las
industrias a través de la verificación de los procedimientos técnico-administrativos
de las instancias ambientales municipales.
En el desarrollo de la auditoría se pudo evidenciar falencias en las acciones que realiza la
Gobernación respecto de las atribuciones que le asignan el Reglamento Ambiental para el
Sector Industrial Manufacturero (RASIM) y el Reglamento en Materia de Contaminación
Hídrica (RMCH).
Una de las atribuciones que el RASIM le otorga a la Gobernación es verificar el
cumplimiento de los procedimientos técnicos y administrativos de los gobiernos
municipales (inciso a del artículo 10). Al respecto la Contraloría formuló 121 consultas a la
Gobernación sobre su accionar en los municipios de Tarija y San Lorenzo.
120 Artículos 72 y 75 del RASIM.
121 Recibida mediante nota CITE: S.R.N. y M.A./PAP/gad/191/2016 el 22 de abril de 2016, como respuesta a nuestra nota
CGE/SCAT/GAA/119/2016 recibida el 05 de abril de 2016.
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