Page 185 - Auditoria sobre los resultados de la gestión ambiental del Río Gualdalquivir
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                     orgánicas  variables,  debe  ser  clasificadas  por  categoría  tomando  en  cuenta  el  grado  de
                     contaminación  que  generan  en  materiales  oxidables  y  compuestos  inorgánicos  y  por  la
                     dificultad del tratamiento que representa.

                     Esta información muestra que COSAALT contaba con un instrumento para llevar a cabo
                     una clasificación con criterio técnico de la actividad industrial que vierte sus efluentes a la
                     red de alcantarillado, sin embargo, y de acuerdo a la evidencia recabada, esta entidad no
                     aplicó su reglamento, por lo menos en lo que a la clasificación de industrias se refiere.

                     Sobre el tema, se recabó la Resolución Administrativa Regulatoria AAPS N.° 546/2014  del
                     05 de diciembre de 2014, emitida por la Autoridad de Fiscalización  y Control Social de
                     Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS) que, entre otros aspectos, aprueba la «Guía
                     para  la  elaboración  de  procedimientos  Técnicos  y  Administrativos  para  Descargas  de
                     Efluentes  Industriales,  Especiales  y  Lodos  de  Alcantarillado  Sanitario»,  que  otorgó  un
                     plazo de seis meses para que las EPSA a nivel nacional elaboren y aprueben sus propios
                     procedimientos en base a la guía aprobada.

                     También,  la  señalada  guía,  define  el  contenido  mínimo  para  la  elaboración  de  los
                     procedimientos  correspondientes  por  parte  de  las  EPSA.  En  el  contenido  mínimo
                     establecido  se  encuentra  el  capítulo  «Clasificación  de  los  usuarios  y  Descargas»  que
                     establece  cómo  proceder  con  la  clasificación  y  categorización  de  las  descargas  de
                     actividades  industriales  que  básicamente  dependen  de  la  concentración  de  ciertos
                     parámetros físicos, químicos  y  bacteriológicos de control  y/o volúmenes de descarga.  A
                     pesar  de  que  la  resolución  así  como  la  guía  elaborada  datan  del  año  2014  y  de  que  las
                     EPSA tenían un plazo de seis meses para elaborar el respectivo documento, COSAALT no
                     ha reportado ninguna acción que de cumplimiento a la mencionada disposición, por lo que
                     no  cuenta  con  este  instrumento  técnico  para  clasificar  las  descargas  de  las  actividades
                     industriales.

                     Por  lo  señalado,  podemos  colegir  que  COSAALT  no  ha  empleado  ni  su  «Reglamento
                     técnico de lanzamiento de efluentes industriales al alcantarillado sanitario», y tampoco ha
                     elaborado  su  «Procedimiento  Técnico  y  Administrativo  para  Descargas  de  Efluentes
                     Industriales, Especiales y  Lodos de Alcantarillado Sanitario»,  aspecto  que de haber sido
                     cumplido  e  implementado,  permitiría  optimizar  el  control  a  las  descargas  industriales
                     priorizando a las industrias más críticas respecto de otras industrias que requieren menos
                     atención. En observancia a lo señalado se recomienda lo siguiente.

                     A la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado de Tarija - COSAALT Ltda.

                     Recomendación  5.1  Elaborar  a  la  brevedad  posible  un  Procedimiento  Técnico  y
                     Administrativo  para  Descargas  de  Efluentes  Industriales,  Especiales  y  Lodos  de
                     Alcantarillado Sanitario, en observancia a la Resolución Administrativa Regulatoria AAPS
                     N.° 546/2014 y a la guía que forma parte de este documento. En el procedimiento deben



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