Page 191 - Auditoria sobre los resultados de la gestión ambiental del Río Gualdalquivir
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K2/AP11/S15-E1
                     Recomendación  7.2  A  partir  de  los  informes  de  agua  residual  de  seguimiento  a  las
                     industrias,  programar  acciones  de  control,  en  coordinación  con  el  Gobierno  Autónomo
                     Municipal  de  Tarija,  a  las  industrias  cuyas  descargas  líquidas  que  son  vertidas  al
                     alcantarillado sanitario no cumplen con los estándares de referencia, a fin de que estas
                     implementen las  medidas de adecuación  comprometidas para  mejorar la  calidad de sus
                     efluentes.

                     Al Gobierno Autónomo Municipal de Tarija.

                     Recomendación 7.3 Coordinar con la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado
                     de  Tarija  la  programación  y  ejecución  de  acciones  de  control,  a  las  industrias  cuyas
                     descargas líquidas son vertidas al alcantarillado sanitario, a fin de que estas implementen
                     las medidas de adecuación comprometidas para mejorar la calidad de sus efluentes.

                     Las  siguientes  tres  causas  están  relacionadas  con  el  tema  de  extracción  de  áridos  y
                     agregados y su  identificación se ha realizado a partir de un análisis del régimen aplicable.

                     La  Constitución  Política  del  Estado  establece  que  estos  materiales  son  competencia
                     exclusiva  de  los  gobiernos  municipales  autónomos  en  su  jurisdicción 134 .  De  la  misma
                     forma,  la  Ley  535  de  Minería  y  Metalurgia  de  28  de  mayo  de  2014,  señala  que  los
                     gobiernos autónomos municipales regularán el manejo y explotación de áridos y agregados,
                     aclarando que la explotación de rocas con la finalidad de producir áridos constituye una
                     actividad minera 135 .

                     La Ley 535 delimita la regulación de áridos y agregados tomando en cuenta el lugar de
                     extracción, definiendo que el manejo y explotación de éstos dentro de lechos, cauces y/o
                     márgenes de ríos deben ser regulados por los gobiernos municipales, y que la explotación
                     de  rocas  con  la  finalidad  de  producir  áridos  (de  manera  artificial)  forma  parte  de  una
                     actividad  minera,  por  lo  que  su  regulación  está  dada  por  el  Ministerio  de  Minería  y
                     Metalurgia.

                     Paralelamente, se encuentra vigente la Ley 3425 de áridos y agregados, promulgada el 20
                     de junio de 2006, que establece la administración y la regulación de los áridos o agregados,
                     la misma que está a cargo de los gobiernos municipales. A pesar de que esta ley ha sido
                     emitida  antes  de  la  Constitución  Política  del  Estado  y  de  la  Ley  535  de  Minería  y
                     Metalurgia,  se  encuentra  vigente,  al  igual  que  sus  reglamentos,  el  Reglamento  de
                     Aprovechamiento de Explotación de Áridos y Agregados y el Reglamento Ambiental para
                     el Aprovechamiento de Áridos y Agregados (RAAA), dado que estas no contravienen lo
                     establecido en la Constitución ni en la Ley 535.




                     134  Punto 41del parágrafo I del Artículo 302.
                     135  Parágrafos II y VII del artículo 4.

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