Page 217 - Auditoria sobre los resultados de la gestión ambiental del Río Gualdalquivir
P. 217
K2/AP11/S15-E1
De acuerdo a la información recabada de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (AAPS) 151 la cooperativa no ha realizado ninguna
solicitud formal para ampliar el área de concesión en el municipio de Tarija, esta
ampliación pudo ser incluida cuando la cooperativa presentó ante la mencionada autoridad
su Plan de Desarrollo Quinquenal 2014-2018, sin embargo esto no sucedió, tampoco aplicó
la Resolución Administrativa Regulatoria APSS N.° 086/2009 que establece los
procedimientos para solicitar la ampliación del área en un plazo intermedio dentro del
periodo de ejecución de los planes de desarrollo.
Asimismo, la AAPS informó que el Plan de Desarrollo Quinquenal 2014-2018 presentado
por COSAALT ha sido observado, entre otros aspectos, porque no incluyeron en su
planificación la ampliación del servicio, tanto en términos de agua potable como de
alcantarillado sanitario, por lo que la autoridad ha advertido que la cooperativa debe
modificar su planificación en torno a las observaciones realizadas por la AAPS.
Considerando las deficiencias identificadas en esta causa se recomendó lo siguiente.
A la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado de Tarija - COSAALT Ltda.
Recomendación 14.1 Incluir en el documento de planificación a elaborar para ser
presentado ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario (AAPS), la ampliación del área donde presta el servicio de agua
potable y alcantarilladlo sanitario, tomando en cuenta los Planes Territoriales de
Desarrollo Integral que vaya a elaborar el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija en el
marco de la Ley 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado. Para ello debe
coordinar de manera permanente con esa entidad. Las ampliaciones que prevean realizar
deben ser consideradas en las gestiones de la construcción de la nueva planta de
tratamiento de aguas residuales en el municipio de Tarija.
Al Gobierno Autónomo Municipal de Tarija.
Recomendación 14.2 Elaborar en el menor tiempo posible los Planes Territoriales de
Desarrollo Integral en el municipio de Tarija en el marco de la Ley 777 del Sistema de
Planificación Integral del Estado, y a través de este, coordinar de manera permanente con
la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado de Tarija, el suministro de
información necesaria para la elaboración de los planes de expansión del servicio de agua
potable y alcantarillado sanitario en el municipio.
151 Entrevista telefónica en fecha 29 de julio de 2016.
204