Page 217 - Auditoria sobre los resultados de la gestión ambiental del Río Gualdalquivir
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K2/AP11/S15-E1

                     De acuerdo a la información recabada de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de
                     Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (AAPS) 151  la cooperativa no ha realizado ninguna
                     solicitud  formal  para  ampliar  el  área  de  concesión  en  el  municipio  de  Tarija,  esta
                     ampliación pudo ser incluida cuando la cooperativa presentó ante la mencionada autoridad
                     su  Plan de Desarrollo Quinquenal 2014-2018, sin embargo esto no sucedió, tampoco aplicó
                     la  Resolución  Administrativa  Regulatoria  APSS  N.°  086/2009  que  establece  los
                     procedimientos  para  solicitar  la  ampliación  del  área  en  un  plazo  intermedio  dentro  del
                     periodo de ejecución de los planes de desarrollo.

                     Asimismo, la AAPS informó que el Plan de Desarrollo Quinquenal 2014-2018 presentado
                     por  COSAALT  ha  sido  observado,  entre  otros  aspectos,  porque  no  incluyeron  en  su
                     planificación  la  ampliación  del  servicio,  tanto  en  términos  de  agua  potable  como  de
                     alcantarillado  sanitario,  por  lo  que  la  autoridad  ha  advertido  que  la  cooperativa  debe
                     modificar  su  planificación  en  torno  a  las  observaciones  realizadas  por  la  AAPS.
                     Considerando las deficiencias identificadas en esta causa se recomendó lo siguiente.

                     A la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado de Tarija - COSAALT Ltda.

                     Recomendación  14.1  Incluir  en  el  documento  de  planificación  a  elaborar  para  ser
                     presentado  ante  la  Autoridad  de  Fiscalización  y  Control  Social  de  Agua  Potable  y
                     Alcantarillado Sanitario (AAPS), la ampliación del área donde presta el servicio de agua
                     potable  y  alcantarilladlo  sanitario,  tomando  en  cuenta  los  Planes  Territoriales  de
                     Desarrollo Integral  que vaya a elaborar el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija en el
                     marco  de  la   Ley  777  del  Sistema  de  Planificación  Integral  del  Estado.  Para  ello  debe
                     coordinar de manera permanente con esa entidad. Las ampliaciones que prevean realizar
                     deben  ser  consideradas  en  las  gestiones  de  la  construcción  de  la  nueva  planta  de
                     tratamiento de aguas residuales en el municipio de Tarija.

                     Al Gobierno Autónomo Municipal de Tarija.

                     Recomendación  14.2    Elaborar  en  el  menor  tiempo  posible  los  Planes  Territoriales  de
                     Desarrollo Integral  en el municipio de Tarija en el marco de la  Ley 777 del Sistema de
                     Planificación Integral del Estado, y a través de este, coordinar de manera permanente con
                     la  Cooperativa  de  Servicios  de  Agua  y  Alcantarillado  de  Tarija,  el  suministro  de
                     información necesaria para la elaboración de los planes de expansión del servicio de agua
                     potable y alcantarillado sanitario en el municipio.







                     151  Entrevista telefónica en fecha 29 de julio de 2016.

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