Page 143 - Plan de Manejo Reserva Biolófica de la Cordillera de Sama
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Plan de Manejo Reserva Biológica de la Cordillera de Sama                                                                                                                                             Zonificación del Área Protegida



                                                                                                                                                            Tabla 81. Puntos de referencia de la RBCS, según Decreto Supremo No. 22721
               vechamiento de vida silvestre” (artículo 24 del DS 24781).
                   En otras palabras la Reserva de Vida silvestre tiene como objetivos:
                                                                                                                                               Ubicación geográfica del punto de referencia    (PR) ); la ciudad de Tarija comprendida entre: 21º32’00’’
                                                                                                                                                                         latitud Sud y 64º34’00’’ longitud Oeste
                   •   Proteger, manejar y utilizar sosteniblemente, bajo vigilancia oficial, la vida silvestre (en la práctica incluye el
                            manejo de los recursos naturales renovables presente en el área).                                                PUNTOS                                             AZIMUTS                      DISTANCIAS
                   •   Incluye usos intensivos y extensivos, tanto de carácter no extractivo o consuntivo como de carácter extractivo.       PR-PP                                                242º00                         8.750 m
                   •   Los usos autorizados deben realizarse en estricto cumplimiento de la zonificación y deben estar sujetos a             PP-Pl                                                 214º00                        8.000 m
                            estricto control y monitoreo referido exclusivamente a manejo y aprovechamiento de vida silvestre.               PP-P1                                                205º00                         4.750 m
                   •   Deben contar con recursos de vida silvestre (recursos naturales renovables) en condiciones de ser manejados
                   •   Requiere la asociación y participación de comunidades locales y entidades científicas-técnicas de apoyo para          P2-P3                                                192º00                         9.250 m
                            el diseño y monitoreo de los recursos bajo manejo                                                                P3-P4                                                196º00                       12.250 m
                                                                                                                                             P4-P5                                                270º00                        16.250 m
                   Por lo anterior, en esta categoría se manejan los recursos para beneficio de la población local, pero, además, deben      P5-P6                                                318º00                        7.000 m
               constituirse en sitios modelos de manejo de recursos naturales renovables, orientado a la protección, recuperación            P6-P7                                                 18°00                       22.500 m
               o uso. Las tecnologías de manejo aplicadas en las reservas, pueden ser de gran utilidad para la población que habita
               fuera de las mismas.                                                                                                          P7-P8                                                39º00                         16.250 m
                                                                                                                                             P8-P9                                                 3º00                         23.500 m
                   2.2.1.     Objetivos de creación                                                                                          P9-P10                                               90º00                         10.000 m
                                                                                                                                             P10-P11                                              178º00                        22.000 m
                   Las consideraciones del Decreto Supremo No 22721, mencionan: “Que el Gobierno nacional, preocupado por la                 P11-PP                                              175º00                         12.200 m
               grave depredación que sufre la flora y fauna del país, tiene el  propósito de lograr su uso sostenido para el mejora-
               miento de las condiciones de vida, individual y colectiva, mediante la conservación del medio ambiente y la naturaleza
               con el establecimiento de zonas que permitan el  desarrollo de programas experimentales o definitivos de preserva-            El decreto no hace referencia a límites naturales o geográficos, limitándose a la información anterior, donde se
               ción, protección, ordenamiento y manejo de  animales silvestres, flora, suelos y aguas; que se ha realizado, cumpliendo    observan los puntos, azimuts y distancias, del área protegida. El punto de referencia que indica no está ubicada en la
               esos objetivos, estudios de la zona y área de influencia de la cordillera de  Sama, en la provincia Méndez, departamento   Ciudad de Tarija, como se indica en el decreto), el cual sería el inicio para generar el polígono. Por ello no fue posible
               Tarija, que han revelado la necesidad de adoptar medidas urgentes que eviten continúe el peligroso deterioro de la         generar el polígono del área protegida. Se procedió buscar una alternativa a partir del límite que se ha utilizado para
               zona que arriesga la misma existencia de sus ecosistemas y población asentada, razones que justifican su conservación      el análisis que fue otorgado por el SERNAP, con la herramienta COGO, en la cual se plasmó el polígono del área
               y hacen necesaria la creación de una reserva biológica que incluya toda la zona”. De esta manera resalta que está          protegida. De esta manera se sugiere actualizar los puntos del Decreto, con las unidades geográficas manejadas por el
               inmerso el objetivo de creación del área, en esta consideración inicial del decreto, donde se destaca la importancia de    SERNAP, para evitar confusiones técnicas.
               la conservación del sitio, para proteger y conservar sus ecosistemas para beneficio de la población local.
                                                                                                                                             Considerando lo anterior, se ha realizado el análisis de los límites cartográficos en el marco del Plan de manejo,
                   2.2.2.        Límites                                                                                                  utilizando el polígono de la reserva, de uso oficial por el SERNAP. En el mismo se han definido sectores, en  sus límites
                                                                                                                                          Este, Oeste, Norte y Sur, utilizando imágenes de Google Hearth disponibles para el estudio, tomando como referencia
                   Mediante Decreto Supremo No. 22721 del 30 de enero de 1.991, menciona en el Artículo 1: “Créase la RESERVA             a las comunidades (Ver Figura 11).
               BIOLOGICA DE LA CORDILLERA DE SAMA, Provincia Méndez, departamento de Tarija, con un área de CIENTO
               OCHO MIL QUINIENTAS HECTAREAS (108,500 Has.)”. Cuya delimitación poligonal, citada en el decreto es la  si-                   •   Por el Norte: El límite lo comprende, el área de influencia de la comunidad Trancas.
               guiente:                                                                                                                      •   Por el Oeste: Limita con las áreas e influencia de las comunidades Rincón de la Vitoria, San Pedro de Sola,
                                                                                                                                                    Bellavista y Lazareto.
                                                                                                                                             •   Por el Este: Limita con las áreas de influencia de las comunidades de: Pueblo Nuevo, Chorcoya Méndez y
                                                                                                                                                    Chilcayo.
                                                                                                                                             •   Por el Sur: Está relacionada con las área e influencia de las comunidades de: Antigal y Copacabana.





















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