Page 165 - Plan de Manejo Reserva Biolófica de la Cordillera de Sama
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Zonificación del Área Protegida
2.8.5. Zona de uso extensivo extractivo o consuntivo
El RGAP, menciona que tiene como objetivo el aprovechamiento y manejo regulado de recursos. Se caracteriza
por una moderada intervención de los ecosistemas y de la cobertura de vegetación. Se permite el uso extractivo de
recursos y de recolección de productos naturales con fines de subsistencia, asimismo, se permite bajo estricto control
la forestería tradicional y la utilización de fauna silvestre no comercial. Brinda opciones a la investigación científica y el
monitoreo. A continuación se describen sus características para la RBCS (Ver Tabla 90).
Tabla 90. Descripción de la Zona de uso extensivo extractivo o consuntivo
ESPECIFICACIONES DESCRIPCIÓN
Límites naturales Rodea al Sitio Ramsar.
Objetivo El objetivo de esta zona es conservar las fuentes de agua, fauna y vegetación asociada a la Cuenca de
Tajzara, generar bienes directos mediante actividades extensivas extractivas teniendo en cuenta el
potencial y limitantes ecológicos de sus ecosistemas y permitiendo a su vez el mantenimiento de los
procesos ecológicos esenciales y la mayoría de la biodiversidad original del área.
Objetos de • Fuentes de agua y vegetación asociada
conservación • Fauna amenazada
• Manifestaciones culturales
Características Ocupa el sector suroeste del área protegida (Ver Mapa 29). Entre las funciones ambientales y ecoló-
gicas que brinda este zona:Regulación hídrica y aporte a la disponibilidad de agua.
• Regulación hídrica y aporte a la disponibilidad de agua.
• Regulación de temperatura
• Refugio de especies de flora y fauna silvestres que en otros sitios están amenazados.
• Conectividad
Actividades • Desarrollo de proyectos y/o actividades de investigación científica, principalmente dirigidas a la
permitidas conservación de los objetos de conservación.
• Manejo de recursos naturales con fines de recuperación de poblaciones silvestres de
especies de fauna
• Actividades turísticas, bajo convenio con las instancias ambientales con competencia
• (Autorizaciones Transitorias para desarrollo de turismo con vigencia máxima de 20 años, previa
definición de SISCO).
• Educación ambiental.
• Monitoreo biológico y Monitoreo de calidad ambiental.
• Actividades extractivas de recursos naturales, exclusivamente dentro de los límites del
derecho de propiedad privada y de acuerdo a usos y costumbres, específicamente para aquellos
sitios que tienen derechos de propiedad definidos.
• Construcción de infraestructura destinada a guardianía (puestos de control y vigilancia) en sitios
determinados.
• Colectas científicas con fines de investigación previo permiso de autoridades ambientales
con competencia en la materia.
• Actividades y/o proyectos para restauración, protección e investigación de sitios arqueológicos.
• Desarrollo de actividades productivas dentro de los límites de las comunidades y dentro de
los límites de derecho propietario y preferentemente bajo asesoramiento técnico.
• Instalaciones de servicios para disponibilidad de agua, luz, comunicación. Incluye infraestructura
para disponibilidad de energía solar y/o eólica de bajo impacto.
Actividades no • Captura de fauna silvestre con fines comerciales, excepto aquellas reglamentadas y apro-
permitidas badas por las autoridades ambientales con competencia.
• Nuevos asentamientos humanos.
• Uso de senderos, pistas y cualquier otro tipo de infraestructura o vías de acceso para actividades
ilegales.
Comunidades que lo Chorcoya Avilés, Pasajes, Pujzara, Vicuñayoj, Muñayoj, Viscarra, Arenales y Copacabana.
conforman
Fuente: Elaboración propia.
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