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PLAN DEPARTAMENTAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL TARIJA
consolidar y efectivizar la responsabilidad establecida por las leyes mencionadas, por lo que se
recomienda avanzar con las siguientes acciones:
Fortalecer y consolidar la Dirección de Ordenamiento Territorial.
Apoyar, crear y fortalecer el funcionamiento de las Unidades de Ordenamiento Territorial en el
nivel municipal.
El fortalecimiento de la DOT es necesario para que desempeñe un papel funcional como instancia de
difusión y monitoreo de información técnico - territorial sobre el uso del suelo y la ocupación del
territorio, que guíe el accionar de las instancias departamentales: Secretarías y Direcciones de la
Prefectura, instancias descentralizadas, instituciones privadas, asociaciones de productores y Gobiernos
Municipales.
El fortalecimiento de la DOT de la Prefectura está vinculado a los siguientes aspectos:
Personal multidisciplinario. Se precisa contar con profesionales con formación y experiencia
en ordenamiento territorial, en las ramas de agronomía, forestal, sistemas de información
geográfica, demografía, economía, arquitectura, civil y sociología, etc., que sean capaces de
implementar el Plan.
Capacitación y formación constante al personal de la DOT en procesos de gestión y manejo del
territorio, buscando que éstos sean capaces de replicar esta capacitación en el personal técnico
de la Prefectura, Municipios y Comité de Desarrollo.
Equipamiento adecuado (Tecnología en equipos de computación, plotter, servidores, imágenes
satelitales, etc.)
Aprobar la propuesta del Plan Departamental de Ordenamiento Territorial, elevándolo al Consejo
Departamental para su aprobación mediante Resolución Prefectural.
La formulación de la propuesta del PDOT fue encarada por la Prefectura a iniciativa del Programa
Estratégico de Acción para la Cuenca Binacional del Río Bermejo con financiamiento de la OEA.
Concluido el análisis y aprobación interna de la propuesta del PDOT, el Prefecto del
Departamento elevará el mismo al Consejo Departamental como Órgano Rector para su
aprobación mediante Resolución Prefectural. Esta resolución, le conferirá al PDOT la cualidad de
instrumento de uso público y obligatorio para las instituciones públicas y privadas comprometidas
con la planificación y gestión del desarrollo del territorio departamental.
Adicionalmente, el PDOT, requiere la homologación del Ministerio de Desarrollo Sostenible en
calidad de organismo rector para que sea aprobado a través de un Decreto Supremo.
Implementar y monitorear el Plan Departamental de Ordenamiento Territorial, garantizando el
presupuesto para este fin.
Una vez aprobado el PDOT por el Consejo Departamental, la Prefectura del Departamento a través de su
instancia técnico - operativa, la Dirección de Ordenamiento Territorial, desarrollará el proceso de
implementación y monitoreo del PDOT, a través de:
Proceso de difusión y socialización del Plan. Esta tarea debe ser encarada por la DOT en
coordinación con la Secretaría de Planificación e Inversión y la Dirección de Comunicación Social
PDOT “Tarija 2005-2025”, Marco Institucional 340