Page 32 - Plan de Uso de Suelo - Tarija
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La disponibilidad media de tierras agrícolas es de 8 ha. en el Subandino y el Chaco, mientras el
total de tierra por productor es 56 ha. en el Subandino y 108 ha. en el Chaco. Sólo el 67% de los
entrevistados cuenta con títulos de propiedad. El manejo de la tierra y empleo de capital en la
producción agrícola, frutícola (principalmente de cítricos) y ganadera varía de muy bajo a medio.
La infraestructura comunal disponible en materia de servicios básicos, producción, riego,
comunicación y recreación es baja, y la provisión de servicios para las actividades productivas y
de conservación de la tierra por parte de organizaciones locales, sobre todo en el área de
piedemonte en el Chaco, es relativamente buena por la diversidad de servicios que facilitan
(como apoyo a la comercialización, provisión de insumos, asistencia técnica).
Las características de terreno, suelo, clima y socioeconómicos son favorables para asignar el uso
agropecuario intensivo a estas unidades.
Reglas de intervención.
Nº Tipo de intervención Autoridad competente Autorización
1 Desmonte Superintendencia Forestal Bajo condiciones
2 Uso agropecuario Superintendencia Agraria Bajo condiciones
3 Aprovechamiento del bosque Superintendencia Forestal
a) Madera Bajo condiciones
b) Productos no maderables Bajo condiciones
4 Inmovilización para áreas de protección MDSP (SERNAP) No corresponde
5 Protección contra la degradación de Prefectura; Gobiernos Si
suelos y vegetación municipales; Superintendencia
Agraria
6 Protección de áreas-fuente de agua. Prefectura; Gobiernos No corresponde
municipales
7 Aprovechamiento de la fauna silvestre MDSP; Prefectura; Gobiernos Bajo condiciones
municipales
8 Construcción de caminos y otras Autoridad competente según Bajo condiciones
intervenciones de infraestructura física la intervención
Especificaciones
Nº1.- Se deben cumplir las regulaciones vigentes en pequeñas áreas aún cubiertas por bosques.
Nº2.- Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en
concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del
Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.
Nº3.- Previa aprobación de Plan de Manejo Forestal.
Nº4.- No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.
Nº5.- Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoridad competente en esa área.
Nº6.- No existen áreas de captación de agua en estas tierras.
Nº7.- Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro
de extinción en el ámbito regional.
Nº8.- Previa evaluación del impacto ambiental.
Plan de Uso del Suelo del Departamento de Tarija. 32