Page 56 - Plan de Uso de Suelo - Tarija
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Especificaciones

                  Nº1.-  En las serranías y colinas, no se permite por el uso asignado y la fragilidad de estas tierras.
                         En los valles, el desmonte se permite bajo las condiciones establecidas en la legislación
                         vigente.
                  Nº2.-  Previa  aprobación  del  Plan  de  Ordenamiento  Predial  cuando  corresponda,  en
                         concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del
                         Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.
                  Nº3.-  Previa aprobación de Plan de Manejo Forestal de acuerdo a normas legales vigentes.
                  Nº4.-  No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.
                  Nº5.-  Sujeto al cumplimiento de las normas que emite la autoriada competente en esta area.
                  Nº6.-  Con énfasis en las cabeceras de cuencas  productoras  de agua para consumo  humano  y
                         animal de las comunidades en la zona.
                  Nº7.-  Según las disposiciones legales vigentes  y las que emitan la Prefectura y los gobiernos
                         municipales, asegurando el  nivel protección  necesario de las especies vulnerables o en
                         peligro de extinción en el ámbito regional.
                  Nº8.-  Previa evaluación del impacto ambiental.

                  Reglas de uso.

                  En estas tierras se debe priorizar el uso productivo de los bosques. En forma limitada, también se
                  permite la ganadería extensiva con vacunos y ovinos. Los valles deben dedicarse particularmente a
                  la actividad agrosilvopastoril.

                  Recomendaciones de manejo de los recursos naturales renovables.

                  Uso productivo de bosques permanentes. Al igual que la categoría D1 el uso forestal debe estar
                  en  regla  con  las  normas  y  reglamentos  de  la  Ley  Forestal.  Sin  embargo,  se  recomienda  la
                  adecuación de las normas de la Ley Forestal a las características ecológicas de estos bosques, por
                  ejemplo, es necesario que las normas tengan mayor claridad y precisión sobre las restricciones
                  topográficas, edáficas y estructurales del bosque.

                  Es  necesario  profundizar  el  conocimiento  del  estado  actual  de  la  vegetación  en  su  conjunto,
                  particularmente  la  ecología  y  silvicultura  de  las  principales  especies  maderables,  como  de
                  aquellas especies poco conocidas pero que son importantes por su abundancia, implementando
                  acciones  de  investigación  que  orienten  el  adecuado  uso,  conservación  y  monitoreo  de  estos
                  bosques.

                  También se recomienda estimular el uso de los productos no maderables de los bosques, sobre
                  todo para la artesanía por la población local. Toda esta actividad se debe realizar sin dañar el
                  bosque,  utilizando  solamente  las  especies  requeridas  de  acuerdo  a  los  planes  de  manejo
                  específicos aprobados.

                  Se deben implementar acciones orientadas a lograr un mayor control de la cacería y captura de
                  animales  silvestres,  estableciendo  periodos  de  veda,  el  desarrollo  de  programas  de  educación
                  ambiental acudiendo al control social como estrategia alternativa.



                  Plan de Uso del Suelo del Departamento de Tarija.                                           56
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