Page 67 - Plan de Uso de Suelo - Tarija
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extensiva con vacunos y caprinos que ramonean los árboles y arbustos, generalmente sin manejo,
                  situación  que  está  impactando  negativamente  en  la  regeneración  de  especies  maderables  de
                  importante valor económico.

                  En el sector norte se encuentran asentadas comunidades Guaranís, que tienen como estrategia de
                  subsistencia la caza, recolección y pesca, asociadas a actividades agrícolas y ganaderas de muy
                  pequeña escala; el régimen de tenencia de la tierra para las poblaciones Guaranís está en proceso
                  de definición, situación que genera conflictos con los ganaderos asentados en la zona.

                  En  la  Llanura  Chaqueña,  la  densidad  poblacional  es  baja  y  las  distancias  a  los  mercados  son
                  grandes.  Los  caminos  presentan  fuertes  dificultades  por  la  falta  de  mantenimiento.  En  el
                  Subandino,  la  densidad  poblacional  es  baja,  y  las  condiciones  de  acceso  al  mercado  son
                  dificultosas,  particularmente  para  las  comunidades  asentadas  en  el  sector  norte  y  este  de  esta
                  subcategoría  de  zonificación.  En  el  sur  del  Subandino  las  condiciones  de  accesibilidad  a  los
                  mercados son medias y están fuertemente influenciadas por la cercanía del pueblo de Caraparí.

                  La disponibilidad por productor de tierras agrícolas y de tierras en general es muy contrastante
                  (1,9 y 1633 ha., respectivamente). Los niveles de titulación son bajos, el 63% de los entrevistados
                  cuenta  con  títulos  de  propiedad.  Los  niveles  de  manejo  y  de  aplicación  de  capital  en  las
                  actividades agrícolas y frutícolas son muy bajos; en la producción pecuaria el manejo varía de
                  bajo a medio y el uso de capital es medio.

                  Las limitaciones climáticas en la Llanura Chaqueña, y en menor grado en el Subandino, además
                  de  las  condiciones  del  terreno  en  el  Subandino,  hacen  que  estas  unidades  de  tierra  sean
                  vulnerables  a  la  degradación  de  los  suelos  y  la  vegetación.  Por  lo  tanto,  se  recomienda  su
                  protección, permitiendo el uso silvopastoril en forma limitada.

                  Reglas de intervención.

                   Nº            Tipo de intervención               Autoridad competente         Autorización
                   1   Desmonte                                   Superintendencia Forestal    No
                   2   Uso Agropecuario                           Superintendencia Agraria     Bajo condiciones
                   3   Aprovechamiento del bosque                 Superintendencia Forestal
                       a)    Madera                                                            Bajo condiciones
                       b)    Productos no maderables                                           Bajo condiciones
                   4   Inmovilización para áreas de protección    MDSP (SERNAP)                Sí
                   5   Protección contra la degradación de suelos  Prefectura;     Gobiernos  Sí
                       y vegetación                               municipales               y
                                                                  Superintendencia Agraria
                   6   Protección de áreas-fuente de agua.        Prefectura;      Gobiernos  Sí
                                                                  municipales
                   7   Aprovechamiento de la fauna silvestre      MDSP;            Prefectura;  Bajo condiciones
                                                                  Gobiernos municipales
                   8   Construcción    de   caminos    y   otras  Autoridad competente según  Bajo condiciones
                       intervenciones de infraestructura física   la intervención




                  Plan de Uso del Suelo del Departamento de Tarija.                                           67
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