Page 79 - Plan de Uso de Suelo - Tarija
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Las condiciones climáticas prevalecientes, de terreno y de suelos en la mayor parte de estas
unidades no permiten la explotación agropecuaria o forestal en forma sostenible, por lo que deben
ser protegidas. En los pequeños valles, por las condiciones favorables de terreno y suelo y la
dotación de riego, se puede practicar la agricultura intensiva de cultivos anuales y perennes.
Reglas de intervención.
Nº Tipo de intervención Autoridad competente Autorización
1 Desmonte Superintendencia Forestal No
2 Uso Agropecuario Superintendencia Agraria Bajo condiciones
3 Aprovechamiento del bosque Superintendencia Forestal
a) Madera No
b) Productos no maderables Bajo condiciones
4 Inmovilización para áreas de protección MDSP (SERNAP) No corresponde
5 Protección contra la degradación de suelos Prefectura; Gobiernos Si
y vegetación municipales y
superintendencia Agraria
6 Protección de áreas-fuente de agua. Prefectura; Gobiernos Si
municipales
7 Aprovechamiento de la fauna silvestre MDSP; Prefectura; Bajo condiciones
Gobiernos municipales
8 Construcción de caminos y otras Autoridad competente Bajo condiciones
intervenciones de infraestructura física según la intervención
Especificaciones
Nº1.- Los pocos bosques que existen, están en suelos muy frágiles y deben conservarse.
Nº2.- Previa aprobación del Plan de Ordenamiento Predial cuando corresponda, en
concordancia con la aptitud de uso de la tierra a nivel predial y con las reglas de uso del
Plan de Uso del Suelo y toda normativa legal vigente.
Nº3.- Previa aprobación de Plan de Manejo Forestal solamente para productos no maderables,
ya que los bosques existentes están sobre terrenos muy frágiles y deben ser conservados.
Nº4.- No existen áreas de interés biológico que podrían demandar este tipo de protección.
Nº5.- Sujeto al cumplimiento de las normas existentes y las que emitan la autoridad competente
en esta área para hacer efectiva la protección necesaria.
Nº6.- Con énfasis en la protección de áreas de captación agua apta para el consumo humano y
animal de las poblaciones de la zona.
Nº7.- Según las disposiciones legales vigentes, asegurando la protección de especies en peligro
de extinción en el ámbito regional.
Nº8.- Previa evaluación del impacto ambiental.
Reglas de uso.
Por las características topográficas y edáficas de las serranías, estas tierras deben estar dedicadas
particularmente a la protección de la vegetación, suelo, recursos hídricos y fauna silvestre. Se
permite el uso de productos no maderables de los matorrales y pequeños bosques. Localmente en
Plan de Uso del Suelo del Departamento de Tarija. 79