Page 49 - PLAN DE MANEJO CUENCA DEL RÍO SANTA ANA
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aprovechamiento de estos recursos y el ordenamiento territorial, desde la
perspectiva del aprovechamiento optimo de los potenciales de la nación.
Las políticas instrumentales sobre los recursos hídricos y, especialmente sobre los
recursos del agua dulce, se basan en las directivas definidas en el capitulo 18 de la
Agenda 21 Global. y en los acuerdos internacionales correspondientes, con
mecanismos de implementación adaptados a la realidad nacional y su marco
normativo:
Los recursos hídricos constituyen un bien público y deben servir, bajo
criterios de sostenibilidad, tanto para los usos humanos esenciales como
para los usos destinados al crecimiento económico.
La gestión de los recursos hídricos debe tomar en cuenta los propósitos
y las necesidades de todos los sectores y grupos interesados y se
realizara bajo criterios técnicos que permitan que permitan contar con un
flujo de agua dulce permanente, en cantidad y calidad equivalente.
La gestión de los recursos hídricos considerara, preferentemente, a la
cuenca hidrográfica como una unidad de gestión. Además, dado su
carácter finito y vulnerable, estos recursos deberán ser concebidos como
una unidad desde el punto de vista de su calidad y cantidad. Por otra
parte, como el agua tiene una función de elemento aglutinador de los
recursos naturales, no solo debe ser considerada como elemento base del
medio ambiente; sino que, debido a su valor económico y costo de
oportunidad en sus diversos usos alternativos, se debe reconocer a este
recurso como un bien económico y social.
La gestión de los recursos hídricos tomara en cuenta las características
culturales, sociales, económicas y del perfil tecnológico del país.
En cuanto a la gestión de suelos y recursos forestales, el Plan General Económico
y Social establece como políticas instrumentales: