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Plan Departamental del Agua de Tarija “Agua para Todos y para Siempre” 2013-2025
2. Contexto
2.1. Internacional
En el contexto internacional, las principales instituciones y organizaciones relacionadas con la
gestión del agua se han movilizado durante los últimos años para concienciar a todos los países del
mundo sobre la importancia de su adecuado manejo, reconociendo tanto las necesidades de
aprovechamiento de los diversos usos como la importancia de mantener los caudales ecológicos
que permitan la recuperación natural de las fuentes hídricas de agua dulce existentes en el
planeta.
Las Naciones Unidas ha proclamado al decenio 2005-2015 como el “Decenio Internacional para la
acción -El agua, fuente de vida-”, que se inició el 12 de marzo de 2005, día mundial del agua. En la
resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 28 de julio de 2010, se reconoció el
derecho al agua potable y al saneamiento como un derecho humano para todos.
En el II Foro Alternativo Mundial del Agua, realizado en Ginebra (Suiza) en marzo del 2005, los
1.200 representantes de 150 organizaciones y movimientos de los cinco continentes declararon
cuatro pilares programáticos:
1. El acceso al agua como derecho humano innegociable.
2. El vital líquido, en tanto bien común.
3. El financiamiento colectivo del acceso al agua.
4. La gestión democrática del agua en todos sus niveles.
En el marco del foro alternativo mundial realizado en Marsella los días 9 y 10 de marzo del año
2012, con motivo de las jornadas ciudadanas “Agua, Planeta y Pueblos”, se hizo la siguiente
declaración: “Hemos mancomunado nuestros conocimientos y experiencias, nuestras inquietudes
y esperanzas, nuestras propuestas y luchas, para hacer del agua un bien común vital y no
mercantil; un desafío prioritario para todos”.
2.2. Nacional
A nivel nacional, la Constitución Política del Estado reconoce el agua como un derecho
fundamental de las personas; también establece el derecho al acceso universal y equitativo que
tienen todas las personas al servicio básico del agua potable y alcantarillado (Art. 16, parágrafo I,
art. 20). La misma Carta Magna dispone que el agua es un recurso estratégico.
En importantes momentos de la historia reciente de Bolivia, la problemática asociada con la
gestión y el uso del agua ha constituido un detonador de la insatisfacción social. La guerra del agua
(2000) así como la protesta de El Alto en contra de la concesión otorgada a “Aguas del Illimani”,
determinaron que el Estado boliviano establezca lineamientos y normas constitucionales (2009)
donde destacan el agua como un derecho humano fundamentalísimo.
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