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Plan Departamental del Agua de Tarija “Agua para Todos y para Siempre” 2013-2025
3. Normativa
La Constitución Política del Estado (CPE) en el artículo 348, parágrafo I y II, dice: “son recursos
naturales en todos sus estados, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques y la
biodiversidad”; y que son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.
El artículo 349 afirma: “son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo
boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo.”
Y parágrafo II reza: “Los recursos hídricos en todos sus estados, superficiales y subterráneos,
constituyen recursos finitos, vulnerables, estratégicos y cumplen una función social, cultural y
ambiental. Estos recursos no podrán ser objeto de apropiaciones privadas y tanto ellos como sus
servicios, no serán concesionados y están sujetos a un régimen de licencias, registros y
autorizaciones, conforme a Ley.”
El artículo 374 establece: “El Estado protegerá y garantizará el uso prioritario del agua para la
vida. Es deber del Estado gestionar, regular, proteger y planificar el uso adecuado y sustentable de
los recursos hídricos con participación social, garantizando el acceso al agua a todos sus
habitantes.”
En el eje de BOLIVIA PRODUCTIVA para vivir bien del Plan Nacional de Desarrollo (PND), se define
una política denominada Agua para todos, que expresa lo siguiente:
“El agua es de dominio público y su gestión debe ser pública, participativa y descentralizada, el
Estado privilegiará y fomentará el uso social de los recursos hídricos sobre el uso comercial. El
acceso al agua es un derecho de las personas y de todos los seres vivos de un territorio, y su
distribución y uso debe basarse en los principios de justicia, solidaridad, diversidad y sostenibilidad.
En este sentido el Estado tiene a su cargo el agua como recurso natural, cuyo abastecimiento debe
ser asegurado para toda la población, con especial atención a los pobres, respetando los derechos
de los pueblos indígenas y originarios, protegiendo las fuentes de agua dulce del País y
garantizando la reposición y devolución de este recurso a la naturaleza en las mismas condiciones,
para armonizar las necesidades actuales con las de las generaciones futuras.”
El mismo PND, en el capítulo de desarrollo agropecuario, define también una política de
ampliación de la cobertura de riego, en la que se presentan varios programas para aumentar estas
coberturas con procesos de adopción de tecnologías de manejo de agua y suelo. Se dice
expresamente que los proyectos por financiarse deberán garantizar impactos en la seguridad
alimentaria y en la soberanía alimentaria.
4. Niveles de Articulación
El Plan Departamental de “Agua para todos y para siempre” busca articular los diferentes niveles
de decisión política administrativa coincidentes en el territorio de Tarija, ya que se observa que
falta todavía una mejor articulación entre los diferentes niveles autonómicos, con el Nivel Central
del Estado (NCE). Si bien se recogen las políticas y directrices de planes nacionales y sectoriales o
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