Page 55 - Proyecto de Gestión Integrada de las Presas
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a) Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y de l
Río Grande de Tarij a
La Comisión Binacional está integrada por dos delegados por cada país signatario : E l
primer delegado es el representante de cada Cancillería con rango de embajador, que
preside la Delegación . El segundo delegado por Bolivia es el Director Presidente de l a
Comisión Nacional de los Ríos Pilcomayo y Bermejo, y por Argentina el Directo r
Presidente de la Comisión Regional del Río Bermejo . Los segundos delegados en virtu d
dLl Acuerdo y de los Estatutos de la Comisión Binacional fungen de Secretarios Ejecutivo s
(art . III Acuerdo de Orán, inc . a y b) . Ver en anexo 1 las atribuciones de la Comisió n
Binacional. en Acuerdo de Orán .
11 .-BENEFICIOS Y/O PERJUICIOS DE LA CONSTRUCCION DE LAS PRESA S
Desde el punto de vista del aprovechamiento hídrico podemos enfocar los siguiente s
aspectos:
- Aprovechamiento de aguas binacionale s
Tanto en el caso del Río Bermejo como el Río Grande de Tarija las aguas son de río s
internacionales de curso contiguo, porque separan los territorios de Bolivia y Argentina
sirviendo como límites arcifinios naturales (basado en Treddinick 1993) .
La normativa para el uso de ríos de estas características está establecida en los siguiente s
instrumentos del Derecho Internacional :
11 .1 . NORMATIVA A NIVEL INTERNACIONAL
11 .1 .a) Declaración de Montevideo de 1933 :
"Establece que los Estados tienen el derecho exclusivo de aprovechar para fine s
industriales o agrícolas la margen que se encuentra bajo su jurisdicción, de las aguas de los
ríos internacionales . Este derecho sin embargo está condicionado en su ejercicio por l a
necesidad de no perjudicar el igual derecho que corresponde al Estado vecino en la marge n
de su jurisdicción".
Posteriormente menciona: "Ningún Estado puede sin el consentimiento del otro ribereño ,
introducir modificaciones en los cursos de aguas de carácter internacional . para e l
aprovechamiento industrial o agrícola de sus aguas . ninguna alteración que resulte
perjudicial a la margen del otro Estado" .
I1 .1 .b) Acuerdos adoptados entre Bolivia y Argentina sobre el Río Bermejo y el Rí o
Grande de Tarij a
Es importante destacar las normas que fueron consideradas y remarcadas en el ámbito de
las negociaciones entre ambos países para el aprovechamiento de los Ríos en cuestión .
La nota reversa/ SPE DA( — 62 referente al aprovechamiento de los recursos hídricos d e
la Cuenca del Río Bermejo. del 12 de septiembre de 1991 señala :
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